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convención sobre los derechos del niño resumen

Los Estados Partes protegerán al niño contra todas las demás formas de explotación que sean perjudiciales para cualquier aspecto de su bienestar. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. 10. 5.VIGILANCIA, EVALUACIÓN Y EXIGENCIA DE RESPONSABILIDADES Y SANCIONES. 33 - 67 ISSN: 0120-8578 ISSN electrónico: 2590-8901 LA GLOBALIZACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO: La Convención sobre los derechos del niño o Convención Internacional de los derechos del niño (CIDE) es un tratado internacional que persigue el objetivo de establecer y asegurar los derechos del niño. . Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales. La presente Convención entrará en vigor el trigésimo día siguiente a la fecha en que haya sido depositado el vigésimo instrumento de ratificación o de adhesión en poder del Secretario General de las Naciones Unidas. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para promover la recuperación física y psicológica y la reintegración social de todo niño víctima de: cualquier forma de abandono, explotación o abuso; tortura u otra forma de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; o conflictos armados. El 20 de Noviembre de 1989, la asamblea general de las Naciones Unidas adoptó la Convención sobre los Derechos del niño como un instrumento jurídico internacional que ayudara a los países que la ratificaran a ser un país más incluyente y mejor para su población infantil. El Secretario General de las Naciones Unidas recibirá y comunicará a todos los Estados el texto de las reservas formuladas por los Estados en el momento de la ratificación o de la adhesión. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para promover el establecimiento de leyes, procedimientos, autoridades e instituciones específicos para los niños de quienes se alegue que han infringido las leyes penales o a quienes se acuse o declare culpables de haber infringido esas leyes, y en particular: a) El establecimiento de una edad mínima antes de la cual se presumirá que los niños no tienen capacidad para infringir las leyes penales; b) Siempre que sea apropiado y deseable, la adopción de medidas para tratar a esos niños sin recurrir a procedimientos judiciales, en el entendimiento de que se respetarán plenamente los derechos humanos y las garantías legales. 1. Los Estados Partes adoptarán medidas legislativas, administrativas, sociales y educacionales para garantizar la aplicación del presente artículo. 4. 237 pág. El Secretario General de las Naciones Unidas proporcionará el personal y los servicios necesarios para el desempeño eficaz de las funciones del Comité establecido en virtud de la presente Convención. PROMULGADA DE HECHO EL 16/10/90. Con tal fin, se dará en particular al niño oportunidad de ser escuchado, en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al niño, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado, en consonancia con las normas de procedimiento de la ley nacional. Podrán ser reelegidos si se presenta de nuevo su candidatura. El Comité se reunirá normalmente todos los años. Los miembros del Comité serán elegidos por un período de cuatro años. Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño Relativo a la Participación de Niños en los Conflictos Armados. Las elecciones se celebrarán en una reunión de los Estados Partes convocada por el Secretario General en la Sede de las Naciones Unidas. Al niño como sujeto de derechos. 1. 1. La Convención de los derechos del niño fue proclamada y adoptada por la Asamblea General de la ONU el 20 de noviembre de 1989. 1. 1. Recordando que en la Declaración Universal de Derechos Humanos las Naciones Unidas proclamaron que la infancia tiene derecho a cuidados y asistencia especiales. 3. Los Estados Partes adoptarán medidas adecuadas para lograr que el niño que trate de obtener el estatuto de refugiado o que sea considerado refugiado de conformidad con el derecho y los procedimientos internacionales o internos aplicables reciba, tanto si está solo como si está acompañado de sus padres o de cualquier otra persona, la protección y la asistencia humanitaria adecuadas para el disfrute de los derechos pertinentes enunciados en la presente Convención y en otros instrumentos internacionales de derechos humanos o de carácter humanitario en que dichos Estados sean partes. La Convención sobre los Derechos del Niño es el tratado de derechos humanos más ampliamente ratificado de la historia. 1. ¿Qué es la Convención resumen? 11. 4. La Convención sobre los Derechos del Niño es el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante que incorpora toda la gama de derechos humanos: civiles, culturales, económicos, políticos y sociales. Con este fin, y habida cuenta de las disposiciones pertinentes de los instrumentos internacionales, los Estados Partes garantizarán, en particular: a) Que no se alegue que ningún niño ha infringido las leyes penales, ni se acuse o declare culpable a ningún niño de haber infringido esas leyes, por actos u omisiones que no estaban prohibidos por las leyes nacionales o internacionales en el momento en que se cometieron; b) Que a todo niño del que se alegue que ha infringido las leyes penales o a quien se acuse de haber infringido esas leyes se le garantice, por lo menos, lo siguiente: i) Que se lo presumirá inocente mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley; ii) Que será informado sin demora y directamente o, cuando sea procedente, por intermedio de sus padres o sus representantes legales, de los cargos que pesan contra él y que dispondrá de asistencia jurídica u otra asistencia apropiada en la preparación y presentación de su defensa; iii) Que la causa será dirimida sin demora por una autoridad u órgano judicial competente, independiente e imparcial en una audiencia equitativa conforme a la ley, en presencia de un asesor jurídico u otro tipo de asesor adecuado y, a menos que se considerare que ello fuere contrario al interés superior del niño, teniendo en cuenta en particular su edad o situación y a sus padres o representantes legales; iv) Que no será obligado a prestar testimonio o a declararse culpable, que podrá interrogar o hacer que se interrogue a testigos de cargo y obtener la participación y el interrogatorio de testigos de descargo en condiciones de igualdad; v) Si se considerare que ha infringido, en efecto, las leyes penales, que esta decisión y toda medida impuesta a consecuencia de ella, serán sometidas a una autoridad u órgano judicial superior competente, independiente e imparcial, conforme a la ley; vi) Que el niño contará con la asistencia gratuita de un intérprete si no comprende o no habla el idioma utilizado; vii) Que se respetará plenamente su vida privada en todas las fases del procedimiento. 1. 2. La infancia de muchos niños sigue interrumpiéndose cuando tienen que abandonar la escuela, hacer trabajos peligrosos, casarse, luchar en las guerras o permanecer recluidos en prisiones para adultos. 6º TP: "Los derechos y obligaciones de los niños" UNIDAD II: La defensa de los derechos Humanos: Convención sobre los derechos del niño Objetivos: Analiza los derechos reconocidos por la Constitución Nacional y los Tratados internacionales y asume actitudes proactivas en su defensa y en la asunción de las respectivas obligaciones. La convención incorpora todo el rango de derechos humanos -civiles, políticos, sociales y culturales- de los niños en un único documento. Los cuatro principios sobre los que se establece la Convención son la no discriminación, la primacía del interés superior de menor, la garantía de la supervivencia y el pleno desarrollo, y la participación infantil. 2. 1. Reconociendo que en todos los países del mundo hay niños que viven en condiciones excepcionalmente difíciles y que esos niños necesitan especial consideración. El niño será inscripto inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos. Corresponde a la generación actual exigir que los dirigentes de los gobiernos, las empresas y las comunidades del mundo pongan fin a la vulneración de los derechos de los niños, ahora y de manera definitiva. Download PDF. Síntesis / Resumen. Los Estados Partes reconocen la importante función que desempeñan los medios de comunicación y velarán por que el niño tenga acceso a información y material procedentes de diversas fuentes nacionales e internacionales, en especial la información y el material que tengan por finalidad promover su bienestar social, espiritual y moral y su salud física y mental. 3. Este cartel tiene dos páginas, que pueden exponerse juntas o por separado. Según la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, los niños gozan de derechos particulares hasta los 18 años, que es la edad límite superior establecida por dicho instrumento. 2. 502.#.#.c: Universidad Nacional Autónoma de México. 3. Es el primer instrumento internacional jurídicamente vinculado que incorpora toda la gama de derechos humanos: civiles, económicos, políticos, culturales y sociales. 213: Aportaciones de las ONGs de Infancia al informe . 100: El seguimiento . El derecho a tener una protección especial para el desarrollo físico, mental y social del niño. Convención sobre los Derechos del Niño. La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) es el tratado internacional adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, que reconoce a todas las personas menores de 18 años como sujetos de pleno derecho. Je defendrai les droits de l'enfant comme d'autres les droits de l'Homme (Jules Valles 1832-1885) Pour Qu'un enfant grandit il faut tout un village "Para que un nino crezca se necesita todo un pueblo" (Proverbio africano) 1. La Convención sobre los Derechos del Niño es un tratado internacional de 1989 que. Es derecho del niño mantener contacto directo con ambos, si está separado de uno de ellos o de los dos. La Federación Venezolana de Maestros (FVM) difundió un comunicado en el que afirma que no hay voluntad por parte del Gobierno nacional para firmar la Tercera Convención Colectiva Única y Unitaria. 1. 12. La presente Convención estará abierta a la firma de todos los Estados. Con tal fin, y de conformidad con la obligación asumida por los Estados Partes en virtud del párrafo 1 del artículo 9, los Estados Partes respetarán el derecho del niño y de sus padres a salir de cualquier país, incluido el propio, y de entrar en su propio país. Apruébase la Convención sobre los Derechos del Niño Sancionada: septiembre 27 de 1990 Promulgada de hecho: octubre 16 de 1990 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina: reunidos en Congreso, etc. Los Estados Partes tomarán todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir el secuestro, la venta o la trata de niños para cualquier fin o en cualquier forma. A pesar de ello, desde que se aprobó la Convención en 1989, la UNESCO ha nombrado una unidad de enlace con el Comité de los Derechos del Niño para que promueva actividades en favor de la Convención. El niño cuyos padres residan en Estados diferentes tendrá derecho a mantener periódicamente, salvo en circunstancias excepcionales, relaciones personales y contactos directos con ambos padres. Con tal objeto, los Estados Partes: a) Alentarán a los medios de comunicación a difundir información y materiales de interés social y cultural para el niño, de conformidad con el espíritu del artículo 29; b) Promoverán la cooperación internacional en la producción, el intercambio y la difusión de esa información y esos materiales procedentes de diversas fuentes culturales, nacionales e internacionales; c) Alentarán la producción y difusión de libros para niños; d) Alentarán a los medios de comunicación a que tengan particularmente en cuenta las necesidades lingüísticas del niño perteneciente a un grupo minoritario o que sea indígena; e) Promoverán la elaboración de directrices apropiadas para proteger al niño contra toda información y material perjudicial para su bienestar, teniendo en cuenta las disposiciones de los artículos 13 y 18. 3. 3. A este respecto, se tendrán especialmente en cuenta las necesidades de los países en desarrollo. ¿Cuántos países han ratificado la Convención? Los Estados Partes se comprometen a promover y alentar la cooperación internacional con miras a lograr progresivamente la plena realización del derecho reconocido en el presente artículo. 2. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño. La Convención es el tratado de derechos humanos más ampliamente ratificado de la historia y ha permitido transformar las vidas de los niños. Considerando que, de conformidad con los principios proclamados en la Carta de las Naciones Unidas, la libertad, la justicia y la paz en el mundo se basan en el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la . Este resumen de la Convención . GENERAL CRC/C/ERI/3 17 de octubre de 2007 ESPAÑOL Original: INGLÉS COMITE DE LOS DERECHOS DEL NIÑO EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES CON ARREGLO AL ARTICULO 44 DE LA CONVENCION Informes periódicos segundo y tercero que los Estados Partes debían presentar en 2006 ERITREA *, ** [14 . Los Estados Partes adoptarán cuantas medidas sean adecuadas para velar por que la disciplina escolar se administre de modo compatible con la dignidad humana del niño y de conformidad con la presente Convención. 1. Artículo 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño. 1. ¿Cómo define la Convención a los niños? UNICEF Comité Español /9 la Carta de las Naciones Unidas y, en particular, en un espíritu de paz, dignidad, tolerancia, libertad, igualdad La Convención sobre los Derechos del Niño establece los derechos que deben hacerse realidad para que los niños, adolescentes y jóvenes desarrollen todo su potencial y estén protegidos de la violencia, los abusos y los daños. Elaborada durante 10 años con las aportacion. Este tratado contiene una idea profunda: Los niños no son simplemente objetos que pertenecen a sus padres y en favor de los cuales se toman decisiones, ni adultos en proceso de formación. Los Estados Partes respetarán los derechos y deberes de los padres y, en su caso, de los representantes legales, de guiar al niño en el ejercicio de su derecho de modo conforme a la evolución de sus facultades. 4. Este tratado, promulgado el 16 de octubre de 1990, establece los derechos en sus 54 artículos y . 4. Los Estados Partes respetarán el derecho del niño a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Los Estados Partes se comprometen a respetar y velar por que se respeten las normas del derecho internacional humanitario que les sean aplicables en los conflictos armados y que sean pertinentes para el niño. ¿Cuántos países han ratificado la Convención? (p. 2. Cuando hay una amenaza de pérdida de . LOS D E R EC H O S D E L N IÑO Los Derechos del Niño El 20 de noviembre se celebra la fecha en la que, en 1959, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración sobre los Derechos del Niño y en 1989 la Convención sobre los Derechos del Niño. . De conformidad con las obligaciones dimanadas del derecho internacional humanitario de proteger a la población civil durante los conflictos armados, los Estados Partes adoptarán todas las medidas posibles para asegurar la protección y el cuidado de los niños afectados por un conflicto armado. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares. Los Estados Partes adoptarán medidas para luchar contra los traslados ilícitos de niños al extranjero y la retención ilícita de niños en el extranjero. 37 Nº 74 Enero - Junio de 2018 pp. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para asegurar el pago de la pensión alimenticia por parte de los padres u otras personas que tengan la responsabilidad financiera por el niño, tanto si viven en el Estado Parte como si viven en el extranjero. RESUMEN SOBRE EL TEMA Los derechos del niño son un conjunto de normas internacionales que protegen alos niños hasta determinada edad. Cuando las enmiendas entren en vigor serán obligatorias para los Estados Partes que las hayan aceptado, en tanto que los demás Estados Partes seguirán obligados por las disposiciones de la presente Convención y por las enmiendas anteriores que hayan aceptado. Los instrumentos de adhesión se depositarán en poder del Secretario General de las Naciones Unidas. Convención de los Derechos del Niño. Toda reserva podrá ser retirada en cualquier momento por medio de una notificación hecha a ese efecto y dirigida al Secretario General de las Naciones Unidas, quien informará a todos los Estados. Considerando que, de conformidad con los principios proclamados en la Carta Los Estados Partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño. Con objeto de fomentar la aplicación efectiva de la Convención y de estimular la cooperación internacional en la esfera regulada por la Convención: a) Los organismos especializados, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y demás órganos de las Naciones Unidas tendrán derecho a estar representados en el examen de la aplicación de aquellas disposiciones de la presente Convención comprendidas en el ámbito de su mandato. 19. Todos tenemos el mismo derecho a disfrutar de nuestros derechos humanos, sin discriminación, Vinculación, aplicación y seguimiento del tratado de derechos humanos más ampliamente ratificado a nivel mundial. 107: una oportunidad para una implementación . por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, es el primer instrumento internacional que establece que todas las nias, nios y adolescentes, sin ninguna excepcin, tienen derechos y que su cumplimiento es obligatorio para todos los pases que la han firmado, incluido Mxico, que la ratific en septiembre de 1990. 1. 3. El Secretario General comunicará la enmienda propuesta a los Estados Partes, pidiéndoles que les notifiquen si desean que se convoque una conferencia de Estados Partes con el fin de examinar la propuesta y someterla a votación. Teniendo presente que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre y en la dignidad y el valor de la persona humana, y que han decidido promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención. La Convención es el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante de la protección de los Derechos del Niño, lo que significa que establece una fuerza obligatoria para el conjunto de derechos . 6. Sin embargo, el Comité de los Derechos del Niño está preocupado por el escaso reconocimiento de estos . En cambio, éste fija en 15 años la edad mínima para la participación de los niños en las hostilidades. Convención sobre los Derechos del Niño 1989 . En este tiempo Bolivia ha reportado grandes progresos. Los Estados Partes se esforzarán por asegurar que ningún niño sea privado de su derecho al disfrute de esos servicios sanitarios. Si reclutan personas que hayan cumplido 15 años, pero que sean menores de 18, los Estados Partes procurarán dar prioridad a los de más edad. 4. La Convención sobre los Derechos del Niño es un tratado internacional de 1989 que todos debemos conocer para proteger los derechos de la infancia, incluidos los propios niños, niñas y adolescentes. No se impondrán restricciones al ejercicio de estos derechos distintas de las establecidas de conformidad con la ley y que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional o pública, el orden público, la protección de la salud y la moral públicas o la protección de los derechos y libertades de los demás. Comité de los Derechos del Niño, Observación General No. 4. El Comité estará integrado por dieciocho expertos de gran integridad moral y reconocida competencia en las esferas reguladas por la presente Convención.1/ Los miembros del Comité serán elegidos por los Estados Partes entre sus nacionales y ejercerán sus funciones a título personal, teniéndose debidamente en cuenta la distribución geográfica, así como los principales sistemas jurídicos. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para que los niños cuyos padres trabajan tengan derecho a beneficiarse de los servicios e instalaciones de guarda de niños para los que reúnan las condiciones requeridas. Es así como en 1959 se aprueba la Declaración de los Derechos del Niño que contaba con 10 artículos. CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO Artículo 1o - Apruébase la convención sobre los derechos del niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en Nueva York (Estados Unidos de América) el 20 de noviembre de 1989, que consta de cincuenta y cuatro (54) artículos, cuya fotocopia 7. Ellos deben comprometerse a tomar medidas para que todos los niños disfruten de todos sus derechos. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo. 2. Los Estados Partes reconocen que el niño mental o físicamente impedido deberá disfrutar de una vida plena y decente en condiciones que aseguren su dignidad, le permitan llegar a bastarse a sí mismo y faciliten la participación activa del niño en la comunidad. Los Estados Partes en la presente Convención. Sin embargo, al tratarse de un texto legal, puede ser poco abordable para difundirla en el ámbito educativo. 33º período de sesiones, 19 de mayo a 6 de junio de 2003. Los Estados Partes se cerciorarán, además, de que la presentación de tal petición no entrañe por sí misma consecuencias desfavorables para la persona o personas interesadas. Una Convención es un tratado de derechos humanos, que es un acuerdo firmado por los países para comprometerse a . 205: Resumen de las actas relativas a la presentación . Todos los derechos de la infancia soninalienables e irrenunciables, por lo que ninguna persona puede vulnerarlos odesconocerlos bajo ninguna circunstancia.Estos derechos están englobados en 10 artículos, por llamarlos de alguna manera,diría que entre los . 903 - 934 [2015] el interÉs superior del niÑo en el marco de la convenciÓn internacional sobre los derechos del niÑo y su configuraciÓn en . Los Estados Partes adoptarán todas las medidas posibles para asegurar que las personas que aún no hayan cumplido los 15 años de edad no participen directamente en las hostilidades. Deberán asimismo, contener información suficiente para que el Comité tenga cabal comprensión de la aplicación de la Convención en el país de que se trate. Los derechos de la infancia están plenamente estipulados en la Convención sobre los Derechos del Niño. 99: Entrada en vigor y seguimiento . EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los infrascritos plenipotenciarios, debidamente autorizados para ello por sus respectivos gobiernos, han firmado la presente Convención. sancionan con fuerza de ley: Artículo 1 Apruébase la Convención sobre los Derechos del Niño, adop- Dichas sugerencias y recomendaciones generales deberán transmitirse a los Estados Partes interesados y notificarse a la Asamblea General, junto con los comentarios, si los hubiere, de los Estados Partes. En 1948, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclama que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a cuidados y asistencia especial. Con ese propósito y teniendo en cuenta las disposiciones pertinentes de otros instrumentos internacionales, los Estados Partes, en particular: a) Fijarán una edad o edades mínimas para trabajar; b) Dispondrán la reglamentación apropiada de los horarios y condiciones de trabajo; c) Estipularán las penalidades u otras sanciones apropiadas para asegurar la aplicación efectiva del presente artículo. Sexto, el derecho a la libertad de asociación está consagrado en el artículo 15 de la Convención sobre los Derechos del Niño: "Los Estados Partes reconocen los derechos del niño a la libertad de asociación ya la libertad de reunión pacífica". En 1989, los dirigentes mundiales suscribieron un compromiso histórico con todos los niños del mundo al aprobar la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, una ley internacional que se ha convertido en el acuerdo de derechos humanos más ampliamente ratificado de la historia y ha contribuido a transformar la vida de niños de todo el mundo. Los Estados Partes respetarán y promoverán el derecho del niño a participar plenamente en la vida cultural y artística y propiciarán oportunidades apropiadas, en condiciones de igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y de esparcimiento. Ha inspirado a los gobiernos a modificar leyes y políticas, a hacer inversiones para que más niños finalmente puedan acceder a la nutrición y los servicios de salud que necesitan para sobrevivir y desarrollarse, y ha llevado a la adopción de medidas más firmes para proteger a la infancia contra la violencia y la explotación. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño impedido a recibir cuidados especiales y alentarán y asegurarán, con sujeción a los recursos disponibles, la prestación al niño que reúna las condiciones requeridas y a los responsables de su cuidado de la asistencia que se solicite y que sea adecuada al estado del niño y a las circunstancias de sus padres o de otras personas que cuiden de él. Los Estados Partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida. Niño, todo ser humano menor de 18 años, que en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad.Así lo define la Convención sobre los Derechos del niño.El dicho tratado da a conocer las obligaciones: Del Estado, que respetara, reconocerá, administrará, dará protección y garantizara que se cumplan todos los derechos tanto a nivel Nacional como Internacional.

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